- CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO.
- RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO (PAÍSES SIN CONVENIO)
- ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE NIVEL MEDIO Y SUPERIOR REALIZADOS EN LA ARGENTINA.
CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO
A. PAÍSES CON CONVENIO: El trámite está dirigido a las personas que han cursado estudios secundarios completos en los países con los cuales Argentina ha suscripto convenio de reconocimiento recíproco de estudios.
Los países son:
Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, España
Italia, México, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS: Decreto N° 18.946/51
Francia
B. ARGENTINOS E HIJOS DE ARGENTINOS: El trámite está dirigido a las personas de nacionalidad argentina, o sus hijos, que hayan cursado estudios secundarios completos en los países con los cuales no existe convenio (R.M. N° 497/06).
C. CURSADOS POR INTERCAMBIO O BECA ESTUDIANTIL: R.M. N° 41/00 y 1569/07
D. DIPLOMÁTICOS ARGENTINOS: Ley N° 20.957
Inicio: Los trámites de convalidación de estudios los puede iniciar el interesado o cualquier otra persona mayor de 18 años. Los extranjeros privados de la libertad deberán tramitarlos por las Unidades Carcelarias correspondientes. Se debe presentar TODA LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA en ORIGINAL y en FOTOCOPIA legible y simple. En caso de iniciar el trámite otra persona que no sea la interesada, puede presentar fotocopia autenticada ante Escribano Público o Juez de Paz de Argentina SÓLO DEL DOCUMENTO DE ACREDITACIÓN DE IDENTIDAD Y DEL PERMISO DE INGRESO AL PAÍS; EL RESTO DE LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ ESTAR EN ORIGINAL Y FOTOCOPIA SIMPLE Y LEGIBLE.
Retiro: Tanto en el caso de que lo realice el interesado o un tercero, se deberán presentar LOS ORIGINALES DE TODA LA DOCUMENTACIÓN ESCOLAR Y DOCUMENTO QUE ACREDITE LA IDENTIDAD DE QUIEN RETIRA.
DOCUMENTACIÓN A SER PRESENTADA PARA EL INICIO DEL TRÁMITE DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
(CASOS A, B y D)
DOCUMENTO DE ACREDITACIÓN DE IDENTIDAD (Original y Fotocopia Simple)
ARGENTINOS: D.N.I., Pasaporte o C.I. (en todos los casos deben estar vigentes).
EXTRANJEROS: En el caso de no poseer DNI, deberán presentar:
DOCUMENTO DE IDENTIDAD VIGENTE CON EL QUE INGRESÓ AL PAÍS (Pasaporte o cédula expedidos por el país de origen, con sello de entrada).
En el caso de que el pasaporte vigente no tenga el sello de ingreso al país, PERMISO DE INGRESO AL PAÍS EXTENDIDO POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
Diploma de Estudios Avanzados
El Diploma de Estudios Avanzados (o DEA) es, en España, un certificado acreditativo de los estudios de doctorado realizados, que garantiza y acredita la Suficiencia Investigadora y reconoce el trabajo desarrollado por el doctorando en un determinado campo de especialización (Área de Conocimiento).
El DEA debe ser solicitado mediante la presentación ante un tribunal de tres doctores de una memoria docente e investigadora, resumen de los dos períodos (docencia e investigación) de la primera fase del tercer ciclo:
En el período de docencia se deberá completar un mínimo de 20 créditos, dentro de un programa de Doctorado. Esto dará derecho a la obtención por parte del doctorando de un Certificado global y cuantitativamente valorado, que acreditará la superación del curso de docencia del tercer ciclo de estudios universitarios. Este certificado es homologable en todas las Universidades españolas.
En el periodo de investigación se deberá completar un mínimo de 12 créditos, consistentes en el desarrollo de uno o varios trabajos de investigación tutelados, dentro de uno de los Departamentos que desarrollen el programa al que esté adscrito el doctorando.
Una vez superados ambos períodos, se hará una valoración de los conocimientos adquiridos por el doctorando, en los distintos cursos, seminarios y período de investigación tutelado realizados por el mismo, en una exposición pública que se efectuará ante un Tribunal único para cada programa, propuesto por los Departamentos responsables del programa y aprobado por la Comisión de Doctorado. El tribunal está formado por tres Doctores, uno de los cuales será ajeno al Departamento del programa de Doctorado, pudiendo ser de otra Universidad o del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Uno de los miembros de este Tribunal, que ha de ser Catedrático de Universidad, actuará de Presidente.
La obtención del DEA es obligatoria para la obtención del grado de Doctor.
El Diploma de estudios en lengua francesa o DELF (Diplôme d’études en langue française en francés), es un certificado que expide el Ministerio de Educación francés y que acredita el nivel en la lengua francesa de candidatos extranjeros de países no francófonos.
Está compuesto por cuatro diplomas independientes correspondientes a los cuatro primeros niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas. Estos diplomas son A1, A2, B1 y B2. Los otros dos diplomas de nivel avanzado del MCER que completan los seis niveles son certificados a través del DALF.
DOCUMENTACIÓN ESCOLAR (Original y Fotocopia Simple)
Concentración de Notas o Analítico de Notas o Histórico de Escolaridad o Certificado Oficial de Estudios o Transcripto de Notas (ejemplo de denominaciones de acuerdo al país que expide la documentación escolar)
Acta de Grado (para los casos de Colombia y Ecuador).
Licencia de Nivel Medio o Certificado de Conclusión o Titulo o Diploma de Graduación (ejemplo de denominaciones de acuerdo al país que expide la documentación escolar)
IMPORTANTE: Deben coincidir textualmente el/los apellido/s o el/los nombre/s entre todos los documentos escolares con los de su documento de acreditación de identidad vigente.
Legalizaciones que deben constar en toda la documentación escolar (deben ser realizadas en el país emisor de la misma)*:
Autoridades Educativas del país.
Ministerio de Relaciones Exteriores del país (en caso que sea necesario).
Consulado argentino en el país donde fue extendida la documentación o Apostilla de la Haya.
- Estas legalizaciones tienen como excepción a la República Federativa del Brasil, que posee con nuestro país un convenio de simplificación de legalizaciones. Para este país, la legalización solicitada es la siguiente:
Autoridades educativas superiores (Regional de Educación o MEC o Secretaría de Educación o Inspector).
Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil. Vale aclarar que no hace falta traducción de la documentación escolar.
La documentación redactada en idioma extranjero (con excepción de la que provenga de Brasil, que no lo requiere), debe ser traducida en Argentina por Traductor Público de Registro y legalizada ante el Colegio de Traductores correspondiente a cada jurisdicción.
DIPLOMÁTICOS ARGENTINOS: Agregar a lo solicitado nota de designación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina. Certificado que acredite el lazo familiar.
EXTRANJERO HIJO DE PADRE o MADRE ARGENTINOS: Al documento personal adjuntar Partida de Nacimiento del interesado/a. En caso de no figurar en la misma la nacionalidad del padre o madre, presentar original o fotocopia autenticada del Documento Nacional de Identidad o Partida de Nacimiento del padre o madre.
DOCUMENTACIÓN A SER PRESENTADA PARA EL INICIO DEL TRÁMITE DE
CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS CURSADOS POR BECAS O PROGRAMAS DE INTERCAMBIO
(CASOS C)
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA (Original y Fotocopia Simple)
D.N.I., Pasaporte o C.I. (en todos los casos deben estar vigentes).
Analítico de los años cursados en nuestro país.
Legalizaciones que deben constar en la documentación escolar cursada en Argentina:
1) Ministerio de Educación de la jurisdicción emisora del título.
2) Ministerio del Interior (25 de Mayo Nº 179 C.A.B.A. Horario: 08:30 a 17:00 hs.).
Nota de la institución que otorgó el Intercambio o la Beca.
Documentación escolar extranjera:
Analítico de Notas o transcripto de Notas o sus denominaciones equivalentes del país en cuestión.
Diploma de Graduación o Titulo. No se aceptará diploma honorario ni certificado de asistencia.
IMPORTANTE: Deben coincidir textualmente el/los apellido/s o el/los nombre/s entre todos los documentos escolares con los de su documento de acreditación de identidad vigente.
Legalizaciones que deben constar en toda la documentación escolar (deben ser realizadas en el país emisor de la misma):
Autoridades Educativas del país.
Ministerio de Relaciones Exteriores del país (en caso que sea necesario).
Consulado argentino en el país donde fue extendida la documentación o Apostilla de la Haya.
La documentación redactada en idioma extranjero debe ser traducida en Argentina por Traductor Público de Registro y legalizada ante el Colegio de Traductores correspondiente a cada jurisdicción.